Vacunarán contra el Covid-19 a mayores de 40 años y trabajadores esenciales

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La ministra de Salud, Alejandra Venerando, este viernes estuvo prensente en una conferencia de prensa junto a Mónica Jófre, Jefa de Epidemiología y Marita Sosa, Jefa de Inmunizaciones, para dar detalles sobre el actual contexto de San Juan frente a la pandemia. 

En esta ocasión la ministra de Salud, hizo dos anuncios importantes. Uno tiene que ver con las vacunas provenientes de Rusia y aclaró que esperan la llegada de nuevas dosis para terminar de completar el esquema del segundo componente a adultos mayores que son por el momento el grupo que aún no recibe ambas dosis, y luego continuar con el resto. «Ya hemos agotado el segundo componente de Sputnik V», dijo Venerando. 

Por otro lado, la funcionaria habló de la ampliación de la campaña de vacunación para que puedan acceder grupos esenciales de trabajadores que están expuestos a mayor contagio. En ese sentido, la ministra sostuvo que desde el sábado las personas podrán inscribirse. A continuación el detalle: 

1.      Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
2.      Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
3.      Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
4.      Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
5.      Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
6.       Personal de los servicios de justicia con atención al público, conforme establezcan las autoridades competentes.
7.      Personas que deban asistir a otras con discapacidad y comorbilidades, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.
8.      Personal de Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
9.      Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
10.  Personal  bancario con atención al público.
11.  Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
12.  Personal de hoteles, restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. 
13.  Actividad minera de proceso continuo.
14.  Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20.
15.  Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
16.  Actividad registral nacional y provincial. 
17.  Personal de organismos de recaudación. 
18.  Servicios postales y de distribución de paquetería. El comercio por vía electrónica (e-commerce) en modalidad de entrega a domicilio o delivery.
19.  Personal de servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. 
20.   Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial y municipal con atención al público. Autoridades de Gobierno nacional, provincial y municipal. 

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