Empleados que reciban ATP tampoco podrán comprar dólar ahorro

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Los empleados de empresas que reciban o hayan recibido parte de su salario a través del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán comprar dólar ahorro, confirmaron fuentes del Banco Central.

«El ATP es Asistencia para el trabajo y producción, es decir un plan de asistencia, y está incluido en la comunicación A7105», que enumera todos los casos en los que los individuos no pueden acceder a comprar dólares oficiales, dijeron desde la autoridad monetaria ante una consulta de este medio.

Si bien la comunicación A 7105, que data del 15 de septiembre pasado, no menciona específicamente al ATP, habla, sin embargo, de «beneficiarios de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social», dentro de los cuales se incluyen a los empleados que reciben la asistencia estatal en cuestión, y por lo tanto, tampoco se les permite comprar divisas con fines de atesoramiento.

De esta forma, un grupo importante de trabajadores del sector privado en relación de dependencia que cobran o cobraron en el pasado parte de su salario a través del ATP se suma a la lista de personas excluidas para acceder al mercado cambiario oficial. Es decir, si algún empleado fue beneficiario del programa solo en el primer mes, y actualmente ya no lo hace, tampoco podrá comprar dólar ahorro.

De acuerdo a cifras oficiales, serían unos 2,5 millones de trabajadores los que reciben o recibieron en el pasado el ATP en alguna de las 5 rondas ejecutadas hasta el momento. En el ATP 1 los beneficiaros fueron 2,3 millones; en el ATP 2, 1,9 millones; en el ATP 3, 1,7 millones; en el ATP 4, 1,7 millones; y en el ATP 5, 1,3 millones.

Hasta el lunes, se pensaba que la restricción dispuesta por el BCRA alcanzaba solo a directivos y dueños de empresas cuyas compañías habían solicitado esa ayuda del Estado, pero no para los trabajadores, algo que quedó descartado este martes.

La medida también restringió la posibilidad de comprar dólares a beneficiarios de planes sociales, así como a quienes no tengan ingresos declarados y a los cotitulares de cuentas en moneda extranjera.

También a quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales, prendarios e hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de préstamos hipotecarios UVA.

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